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*A todo el que no se identifique con su nick le patearemos el culo como al Bermejo por chismoso y por cotilla

Las puñeteras bolas

Pa uno que NOJ estaba mal...

. sábado, 11 de septiembre de 2010
5 comentarios

Siempre he pensado que la tramitación de los procedimientos de la Jurisdicción Social, ‘son habas contás’. Osease, cabe poca interpretación. La LPL marca pasito a pasito lo que uno debe hacer.

Sin embargo esa novedosa herramienta que nos prometió el defenestrado Bermejo y que convertiría la maltrecha y obsoleta Administración de Justicia en una perfecta y engrasada maquinaria de la función pública, no deja de ‘SORPRENDERME’ día a día.

Como para muestra, lo mejor siempre es un botón, os paso a explicar: La iniciación de una Ejecución de lo Social, conlleva el correspondiente Auto de S.Sª. que se descuelga con que es competente para que el Juzgado conozca de ese asunto y otorga permiso al Secretario para que haga lo que tenga que hacer, para seguidamente éste proceder a ello. (Esto antes se hacía en una UNICA resolución, pero había que justificar la continuidad de los Secretarios de alguna forma en esta Administración...)

En los procesos de reclamación de cantidad, el Decreto del Secretario tiene dos modalidades: Cuando el ejecutado es antiguo conocido y ya tiene declarada su insolvencia en otro proceso, o cuando el ejecutado es nuevo y/o presumiblemente solvente.

En el primer supuesto (el ejecutado es como de la familia y su insolvencia es conocida y ya ha sido declarada), el fundamento jurídico que trae el correspondiente documento, reza (en pocas palabras) lo siguiente: La LPL permite la supervivencia de la declaración de insolvencia de un ejecutado en otro proceso, sin necesidad de repetir los trámites y gestiones de averiguación de bienes en el nuevo que se inicia, si bien PREVIAMENTE se deberá dar traslado a la parte actora y al FOGASA por si éstos conocieran nuevos bienes al objeto de procurar el cobro de las cantidades reclamadas. Así lo dice la LPL. No hay más.

Hasta antes de marchar yo de vacaciones, la Parte Dispositiva de ese Decreto, venía a reflejar la fundamentación jurídica del mismo acordando el traslado previo a actor y Fogasa, con apercibimiento de repetirse en este nuevo proceso, la declaración de insolvencia decretada en otro distinto y anterior.

Pero, el verano no le sienta igual a todos, y a la vuelta del mismo me encuentro con una “MEJORA” de dicho documento y aunque sigue manteniendo la Fundamentación Jurídica antes expresada, se RENUEVA la Parte Dispositiva y saltándose a la torera la Ley, viene a declarar DIRECTAMENTE insolvente a la parte ejecutada. Ahí está, con un par de güevos, sí señor.!!!

Y no es que yo me queje, porque a fin de cuentas, vienen a ELIMINARME un trámite por ‘arte de birlibirloque’, (así que de esto ni una palabra al CAU) pero sí me demuestra por enésima vez, que los SABIOS encargados de fijar los documentos que marcan esta maravillosa tramitación guiada, NO SABEN ni tan siquiera LEER. No hace falta ser Master del Universo en jurisdicción social, ni haber acudido a la mejor Universidad con los mejores Catedráticos, ni haber enmarcado la Orla y el Título correspondiente en oro. Con la E.G.B. bastaba. Allí enseñaban a LEER y de paso comprender lo que se leía: éstos deben de ser de la E.S.O.

Gracias D. Mariano -ya reconocido medallista-. Gracias D. Francisco (aspirante a medallista): Pasarán Vds. a la historia: pedazo de herramienta que nos han legado!!! Estoy convencido (de verdad de la buena) de que les han ENGAÑADO, se la han colado... o como se dice en mi pueblo: 'se la han metio doblá'.

Quienquiera que sea les ha convencido que con el Minerva NOJ, su tramitación guiada y su imposibilidad de que (por los manirrotos e ignorantes funcionarios) pueda ser versionada (y en muchos, pero que muchos casos, arreglada) y que su implantación convertiría esta triste Administración en la Coreografía perfecta de la función final de clausura de Operación Triunfo..., aunque a mí me da más la sensación de que se trata de una verbena de pueblo, donde cada uno baila el pasodoble, la salsa y el Rock&Roll, como Dios le da a entender.

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