Cuando nuestro añorado y nunca bien ponderado EX-Ministro de Justicia expuso a la opinión pública, a través de Radio Molina, que el principal obstáculo que existía entre, un servicio moderno y eficaz para conseguir una Administración de Justicia ágil, célere, eficiente e inmediata y el ancestral retraso e incapacidad de ofrecer una prestación acorde al Siglo XXI, era la obcecación de los funcionarios que servían en la misma quienes se empecinaban en rechazar un control horario y los medios futuristas y renovadores que a diario ofrecía el Ministerio.
Por tanto y contra esa actitud, aquel dirigente ministerial entendía que no cabía otra respuesta que la de dar la espalda a unas reivindicaciones de todo punto inmerecidas.
Aquella batalla (que no guerra) finalizó un 4 de Abril (para ellos, 7 de Abril para mí) cuando tras las oportunas votaciones se decidió ratificar el acuerdo que YA habían firmado unos Dirigentes sindicales a los que nadie había invitado y que -pese a haber solicitado su apoyo durante 2 meses- únicamente se dignaron en salir de sus despachos para correrse una juerga con el EX tenedor de la cartera ministerial y tras hacer el correspondiente "paripé" estampar su ‘válida’ e irrisoria firma al lado de quien había pagao las copas.
Hoy, casi 22 meses después, puedo observar que en la localidad donde trabajo –pese a que gran parte de la Sociedad siga pensando que voy a pasar el rato hasta la hora de comer- se haya realizado maniobra alguna para proceder al control horario de aquellos que servimos en los diversos órganos jurisdiccionales. Los medios están dispuestos, puestos, instalados y pagados desde hace más de 5 años. En ningún momento yo me he opuesto –y me consta que la mayoría de los compañeros tampoco- a que se realice tal control. Si esa era una de las medidas esenciales para solventar la problemática judicial ¿Quién es el culpable de tal negligencia?
Por otra parte, hoy en rigurosa exclusiva y dedicación a mi persona –toda vez que había sido previsto en pleno calendario vacacional de Navidad- se me ha FORMADO a través del pertinente CURSO de 15 minutos de duración sobre el uso y aprovechamiento del Sistema LEXNET para la realización de todos aquellos actos de comunicación que haya de realizar en los procedimientos que a diario ‘despacha S.Sª.’¡! y sobre la que tengo la nimia encomienda de tramitar.
Mi actitud ha sido en todo momento positiva en la absorción de cuantos conocimientos me fueran a ser precisos para su dominio y manejo cotidiano, hasta el momento en que me han informado que tan SOLO lo puedo realizar respecto de Procuradores y del Abogado del Estado. El resto de profesionales, organismos, instituciones, etc., quedan fuera.
Seguramente quien pensó, en su momento, que LEXNET serviría para todas las jurisdicciones, fue el mismo que hizo preparó los documentos para Social.
Para empezar, en la jurisdicción social, los Procuradores son una especie foránea, que traída a este hábitat únicamente ocasiona caos. Se encuentran fuera de su espacio natural y, por ende, perdidos en los pasillos y despachos sin saber qué lugar ocupar. A lo sumo, puede representar el 0’5% de los profesionales que pisan y manejan esta jungla subastera.
Por otra parte, el Abogado del Estado, puede representar el 3% de los asuntos de un Juzgado de lo Social. Aún así, el LEXNET ha previsto que su ‘status especial’ de representante de determinados organismos (Correos, Ministerio de Defensa, Ministerio de Educación...) debe de tener las prebendas y gracias correspondientes, ofreciéndoles un cómputo de plazo ESPECIAL a partir de que los Sres. Abogados del Estado se dignen abrir la notificación recibida vía telemática. Osea, igual que antes, pero ahora mediante internet. Por lo menos, no hay que llevarle los papeles a su despacho –eso que se ahorran los Agentes Judiciales-.
Del resto, nada de nada. El 95% de demandantes van dirigidos y representados por Letrados de los Sindicatos y el 5% restante por otros Abogados (la mayoría de los cuales aceptan temas laborales por necesidad). En ambos casos, no cabe Lexnet. Por otro lado, y en lo que a demandados se refiere, el 90% corresponde a empresas privadas (que vaya ud. a saber por donde andan) y el 10% restante a organismos como el INSS y Junta de Comunidades (que tienen sus propias Asesorías Jurídicas), Mutuas, y otros organismos representados por el mentado Abogado del Estado (salvo este último y su especialidad, tampoco cabe Lexnet).
Si esta era la medida futurista que solventaría el retraso que arrastra esta Administración... pos va a ser que no!
Y yo hace mucho tiempo que me pregunto: En el Ministerio aún no se han enterado que quienes intentan dilatar un proceso son siempre las partes DEMANDADAS. ¡Pues que alguien se lo diga!
Si quieren agilizar algo las tramitaciones en los procesos, que busquen un medio donde, si una parte (demandante o demandada) obstaculiza su localización para evitar las correspondientes comunicaciones obligatorias que haya de hacérsele, automáticamente pierda ese derecho. Ni edictos en BOPs, ni en Tablones, ni tan siquiera en Estrados. Su obstaculización debe tener su castigo: perder sus derechos hasta tanto no elimine esos impedimentos.
De todas formas, aún así y a pesar de los pesares, le daré el correspondiente uso al Sistema Lexnet. YO COLABORO: Que por mí, no sea!!!